EL DEPARTAMENTO DE BROMATOLOGIA E HIGIENE DE LA MUNICIPALIDAD DE GRAL. E MOSCONI, COMUNICA A LOS SRES. PROPIETARIOS Y/O ENCARGADOS – CARROS DE VENDEDORES AMBULANTES – VENTAS DE COMIDAD RAPIDAS, CORSO COLORM ,FIESTAS PATRONALES Y FIESTAS PATRIAS.
QUE:
• DEBERAN CONSTAR CON EL CARNET DE MANIPULACION SEGURA DE ALIMENTOS.
• PARA LA PRESENTACION DE STAND, SE DEBERA CONSTAR CON LA INSTALACION DE GAZEBO.
• SE SOLICITA CONSTAR CON LA INDUMENTARIA ADECUADA PARA LAS TAREAS QUE REALIZARAN. (CHAQUETA, GUARDAPOLVO, DELANTALES, GUANTES, COFIA, CABELLO RECOGIDO).
• ES OBLIGATORIO MANTENER LA HIGIENE DEL PREDIO Y DEL LUGAR DONDE ESTAN INSTALADOS.
• DEBERAN CONTAR CON AGUA POTABLE PARA LA CORRECTA HIGIENIZACION DE LOS INSTRUMENTOS DE COCINA E HIGIENE DE MANOS.
• DEBERA TENER EN CUENTA LA CORRECTA COCCION DE LOS ALIMETOS Y DE NO CORTAR LA CADENA DE FRIO DE LAS DIFERENTES PASTAS. (EMPANADAS CARNES, EMBUTIDOS, POLLOS, ADEREZOS, ETC).
• DEBERAN UTILIZAR COBERTURAS EN TORTAS, TARTAS Y MASAS DULCES.
• ES IMPRESINDIBLE LA UTILIZACION DE MATERIALES DESCARTABLES EN EL SERVICIO DE LAS ACTIVIDADES CULINARIAS.
• SE DEBE TENER EN CUENTA QUE LAS PERSONAS QUE MANIPULEN LOS ALIMENTOS, NO DEBEN TENER CONTACTO CON EL DINERO.
• TODA MINIPULACION DE ALIMETNOS DEBE SER REALIZADA CON PINZAS O GUANTES DESCARTABLES, MANTENIENDO LAS NORMAS DE HIGIENE ADECUADAS.
• PROHIBIDO COQUEAR, FUMAR Y ANDAR CON EL TORSO DESNUDO. EN EL MOMENTO DE ELABORACION, COCCION Y VENTA DE ALIMETNOS.
• QUIEN NO CUMPLA CON LAS OBLIGACIONES EXPUESTAS EN EL PRESENTE, SE HARA POSIBLE A LAS SANCIONES ESTIPULADAS EN EL CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO Y CONTRAVENCIONES VIGENTES MUNICIPALES.
• PARA REALIZAR LA VENTA DE BEBIDAD ALCOHOLICAS SE DEBE TRAMITAR SU AUTORIZACION EN LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE SALTA CON PREVIA ANTICIPACION AL EVENTO.