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LAS INSCRIPCIONES PARA EL PERIODO LECTIVO 2021, POR CORREO ELECTRÓNICO Y DEPARTAMENTOS.

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CIRCULAR Nº 04/2020
EDUCACIÓN INICIAL – EDUCACIÓN PRIMARIA – EDUCACIÓN
ESPECIAL – MODALIDAD DE EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS
Y MODALIDAD EN CONTEXTOS DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD
Ref .: 1. Rectificatoria de circular 02/2020 “Llamado a Inscripción para Período Lectivo 2021”
2. Llamado a inscripción. Información general.
3 . Calendario de actividades.
4 . Modalidad de inscripción.
5. De la apertura del legajo.
6. Confirmación de recepción de correo electrónico.
7. Acreditación de la documentación en formato papel.
8. Postulantes a diferentes cargos.
9 . Duplicidad de inscripción.
10 . De la documentación a adjuntar.
11. Confirmación de recepción de correo electrónico.
12. De la residencia.
13. Aspirantes que no pueden acceder a la conectividad.

1. RECTIFICATORIA DE LA CIRCULAR N° 02/2020 “LLAMADO A
INSCRIPCIÓN PARA PERÍODO LECTIVO 2021” PARA LA INSCRIPCIÓN DE
ASPIRANTES A COBERTURA DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS PERÍODO
LECTIVO 2021 – RÉGIMEN COMÚN:
• EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN INICIAL Y EDUCACIÓN ESPECIAL
• EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS Y MODALIDAD EN CONTEXTOS DE PRIVACIÓN DE LA
LIBERTAD
En concordancia con las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria, y en virtud de
mantenerse la situación epidemiológica que atraviesa la Provincia, por la pandemia por
Coronavirus COVID-19 y la necesidad de evitar en la medida de lo posible el traslado de
personas, a fin de prevenir la propagación de la enfermedad, Junta Calificadora de Méritos y
Disciplina considera oportuno rectificar la circular N°02/2020 “INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES PARA COBERTURA DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS PERÍODO
LECTIVO 2021 – RÉGIMEN COMÚN” publicada el 24 de Julio del 2020.

2.
LLAMADO A INSCRIPCIÓN. INFORMACIÓN GENERAL
Junta Calificadora de Méritos y Disciplina llama a inscripción a interesados a cubrir
interinatos y suplencias – Período 2021 – en Establecimientos de Nivel Inicial, Nivel
Primario y Educación Especial, dependientes de las Direcciones Generales de Educación
Inicial y Educación Primaria; Modalidad Educación de Jóvenes y Adultos y Modalidad en
Contextos de Privación de la Libertad, dependientes de la Dirección General de
Educación de Jóvenes y Adultos.
● Por Resolución Nº 1713/12, se elabora Cuadro de Aspirantes por Localidad,
por Municipio y por Departamento. Los aspirantes podrán elegir dos
departamentos , diferentes al de su residencia, en los que serán incluidos
como postulantes en Cuadro 4.
● La inscripción para Talleres de Educación Formal se realizará según detalle
de Punto 4, inc 1, B-1 de la presente. La modalidad de inscripción será por
elección de 3 (tres) talleres, y no por elección de Establecimiento Educativo.
● Sólo se realizará la reinscripción de Maestros de Actividades Prácticas y
Maestros Agrónomos a quienes acrediten desempeño efectivo en los últimos
tres Períodos Lectivos, con tal finalidad deberá presentar los Conceptos
Profesionales 2.017, 2.018 y 2.019. Si el título que posee el aspirante a
cubrir cargos en código 696 está incluido en el Manual de Competencias, no
es necesario presentar los conceptos.

3. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
Período de Inscripción:
DESDE                                                     HASTA
03/08/2020                                             14/08/2020

4 . NUEVA MODALIDAD DE INSCRIPCIÓN:
Teniendo en cuenta la rectificatoria planteada en el apartado 1, Junta Calificadora de
Méritos y Disciplina informa a los interesados a cubrir interinatos y suplencias – Período
2021 – el nuevo procedimiento de inscripción:
Las aperturas de legajos como las reinscripciones se realizarán por departamento,
mediante correo electrónico, cuyas direcciones se detallan a continuación:
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]

[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]
[email protected]

Cada docente se inscribirá en la dirección de correo electrónico que corresponde al
Departamento de residencia que figura en su DNI , deberá cumplir los siguientes pasos:
1. Descargar, imprimir y completar (con letra clara y legible, sin raspaduras, ni
enmiendas, ya que tendrán carácter de declaración jurada) las fichas de inscripción
elaboradas por Junta Calificadora de Méritos y Disciplina correspondientes al cargo
que aspira:
A: Maestros de Grado, Maestros de Nivel Inicial, Maestros de Lengua Extranjera,
Profesores de Educación Física, Maestros de Educación Artística, Maestros de Actividades
Prácticas y Maestros de Agronomía.
DESCARGAR FORMULARIO A

A-1: Asistentes Escolares de Educación Primaria y Asistentes Escolares para Contexto de
Privación de la Libertad
DESCARGAR FORMULARIO A1
A-2: Maestros/as de Grado de Educación Especial y Discapacidad Intelectual. Maestros/as
de Grado de Escuelas de Educación Especial, especializados en niños sordos o
hipoacúsicos, disminuidos visuales o ciegos y Escuela Domiciliaria y/u Hospitalaria.
DESCARGAR FORMULARIO A2
B : Maestro de Grado de Contexto de Privación de la Libertad, Maestro de Nivel Inicial en
Contexto de Privación de la Libertad y Maestro de Grado para Jóvenes y Adultos, según
Disposición Conjunta Nº 016/17.
DESCARGAR FORMULARIO B
B-1: Talleres Formales ( Educación Especial, Educación de Adultos y Educación en
Contexto de Privación de la Libertad)
DESCARGAR FORMULARIO B1
DESCARGAR CÓDIGOS DE TALLERES FORMALES
A los fines de una correcta inscripción, se deberá utilizar la solicitud que corresponda según
el cargo y/o taller en el que aspira desempeñarse, caso contrario la misma carecerá de
validez y no será considerada.
Los agentes que presenten problemas con la antigüedad deberán manifestarlo
expresamente mediante nota adjunta, debiendo presentar en el periodo de tacha la
certificación correspondiente emitida por el departamento de fojas de servicios a diciembre
del 2019 .
2. Escanear o fotografiar la ficha de inscripción previamente completada de puño y
letra, DNI, CUIL, más toda la documentación declarada en la misma.
3. Buscar la dirección de correo (apartado 4) que corresponde al departamento de la
provincia de Salta registrado en su DNI.

4. En ASUNTO del mail, colocar el N° de DNI (sin puntos) , NOMBRE Y APELLIDO,
DEPARTAMENTO. Ejemplo: 12345678, Juan Pérez, Metán.
5. Se sugiere a los docentes adjuntar toda la documentación presentada en un solo
archivo en formato Pdf., el mismo deberá ser titulado con el número de DNI y la
palabra legajo, ejemplo: 12345678 Legajo. En caso de no poder cargar la
documentación en un solo archivo, los archivos se recibirán en los formatos de PDF,
JPG o PNG. cada documento adjunto al correo deberá llevar la denominación de lo
que se incorpora ej:
● En la foto del DNI (frente y dorso), el archivo deberá llevar el título: Número
más las siglas DNI. Ejemplo: 12345678 DNI.
● En la foto del TÍTULO: consignar el número de DNI y nombre título
Ejemplo: 12345678 TÍTULO.
● En las imágenes de POSTÍTULOS, CURSOS Y SEMINARIOS,
TALLERES, CONGRESOS, CERTÁMENES C/ AVAL DEL DIRECTIVO
DEL NIVEL CORRESPONDIENTE AL QUE SE INSCRIBE, ETC. cada
uno con número de DNI del docente aspirante y su respectivo nombre.
(Ejemplo: 12345678 seminario buenas prácticas docentes)
EN CASO DE TÍTULO, POSTÍTULOS y/o POSGRADOS: Los mismos deberán estar
registrados y legalizados ante el Dpto. de Convalidación y Acreditación de Títulos
de la Secretaría de Planeamiento Educativo y Desarrollo Profesional Docente del
Ministerio de Educación, sito en Catamarca N° 184, Capital. (Art. 3 Res. N° 1851/08).
En caso de encontrarse registrados igualmente se podrá realizar la inscripción, de
manera excepcional, debiendo presentarlos indefectiblemente, ya convalidados en el
periodo de tacha, caso contrario no serán valorados.
Se podrán presentar postítulos aprobados hasta el 31/07/2020 . Si en el periodo de
inscripción presentara constancia de postitulo en trámite finalizado y aprobado, deberá
adjuntar la certificación definitiva en el Período de Tachas; caso contrario, no se otorgará el
puntaje correspondiente.

ESPECIFICACIONES:
El Dpto. Convalidación y Acreditación de Títulos certificará títulos y convalidará
constancias de:
– Finalización de estudios emitidos por esta jurisdicción.
– Postítulos y/o posgrados emitidos por Universidades, cuando posean convenio con
un IFD, según Res. Nº 117/10 del Consejo Federal de Educación.
– Títulos docentes de otras provincias, sin que medie intervención del Ministerio del
Interior, según Res. N° 221/14 del C.F.E.
● En las fotos de CERTIFICADOS DEFINITIVOS de cursos de
Capacitación debidamente autenticados por autoridad competente. Se
recuerda que según Res. Min. Nº 1851/08, sólo se computan seis (6) puntos
por año, equivalentes a 120 hs. cátedras. Cada uno con número de DNI del
docente aspirante y título certificado definitivo. Ejemplo: 12345678
CERTIFICADO DEFINITIVO
● En las fotos del CONCEPTO PROFESIONAL PERÍODO 2.019
elaborado según los lineamientos de la Res. Min. Nº 5226/11 y su
modificatoria Res. Min. Nº 3684/13 , de cada una de las unidades educativas
de gestión estatal donde haya sido valorado. Los mismos deberán estar
confeccionados con todos los datos que se requieren (año que se valora,
fecha de ingreso a la docencia y a la institución, carga horaria, cargo, firma
del directivo y del docente, sellos). El concepto debe corresponder al nivel
para el que se inscribe. LA OMISIÓN DE ALGÚN DATO SERÁ
IMPEDIMENTO PARA SU VALORACIÓN. Ejemplo: 12345678 CONCEPTO
● En las fotos de las JORNADAS PEDAGÓGICAS INSTITUCIONALES:
realizadas entre Julio/19 y Junio/20 extendidas por la Dirección del
Establecimiento. Únicamente se valorará la certificación de unidades
educativas públicas dependientes de las Direcciones Generales de
Educación Inicial, Primaria y de Jóvenes y Adultos y en Contexto en Privación

de Libertad, en sus diferentes modalidades, sólo tres (3) por año. Ejemplo:
12345678 JORNADAS INSTITUCIONALES
● La foto de la constancia de ASISTENCIA PERFECTA: debe ser
expedida por el Dpto. de Salud Laboral para su valoración ( Art. 59 Res.
1851/08 ). Ejemplo: 12345678 CONSTANCIA ASISTENCIA PERFECTA.
Las fotos o escaneos de cualquier documentación adjuntada deben estar
perfectamente legibles, para su valoración.
5.- DE LA APERTURA DEL LEGAJO
Excepcionalmente, los estudiantes de carreras docentes interesados en cubrir cargos
interinos o suplentes en el período 2021, en Unidades Educativas dependientes de las
Direcciones Generales de Educación Primaria y Educación Inicial, podrán inscribirse si
adeudan un máximo de dos materias, para lo cual deberán adjuntar el estado curricular
expedido por la Institución correspondiente.
En caso de no contar con la constancia de título en trámite convalidado por el Departamento
de Control y Acreditación de Títulos hasta el periodo de tacha no podrán ser incorporado al
cuadro de orden de mérito. (Conforme plenario de JCM y D).
6. CONFIRMACIÓN DE RECEPCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
Una vez enviada la información mediante correo electrónico se enviará a los docentes una
notificación automática que confirme que el mismo fue recibido con éxito, ambos
correos servirán de constancia de Inscripción y serán constatados con las versiones
digitales en caso de dudas.
7. ACREDITACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN EN FORMATO PAPEL
Toda documentación declarada en formato digital tendrá que ser acreditada en formato
papel, la cual deberá ser remitida en la fecha que oportunamente determinará este
organismo.

8. POSTULANTES A DIFERENTES CARGOS
Para cada cargo al cual se postule el docente deberá enviar un correo independiente.
La dirección de correo electrónico será la correspondiente al departamento del domicilio
indicado en su DNI.
9. DUPLICIDAD DE INSCRIPCIÓN
En caso de duplicidad de inscripción para aspirar al mismo cargo se anula automáticamente
dicha inscripción. Esto es en el supuesto de enviar idéntico correo electrónico más de una
vez.
10. DE LA DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR
La solicitud de inscripción y la totalidad de la documentación que se adjunte tendrán
carácter de Declaración Jurada.
11. DE LA RESIDENCIA
La Residencia se acredita con el Documento Nacional de Identidad, con domicilio en la
Provincia de Salta y sólo otorgará la puntuación que corresponda cuando acredite por lo
menos un año de residencia en el último domicilio declarado, al momento de apertura del
Período de Inscripción. Debe existir coincidencia entre el domicilio declarado en la Ficha de
inscripción y el que figura en el DNI.
12. ASPIRANTES QUE NO PUEDEN ACCEDER A LA CONECTIVIDAD:
Para aquellos docentes que no tengan acceso a conectividad, se establecerá por este
organismo, un procedimiento a fin de garantizarles su derecho a inscripción para el período
lectivo 2021.

13. EXHIBICIÓN DE LA CIRCULAR EN LOS ESTABLECIMIENTOS:
Las autoridades de las Unidades Educativas deberán exhibir la presente circular en el
ingreso y en otro lugar visible de la Institución y colocar el cartel que abajo se incorpora:

SE RECUERDA QUE:
La valoración y el consecuente orden de mérito sólo es válido para el Período Lectivo 2021.
Todo mérito académico, para ser valorado, debe estar vinculado al cargo, espacio
curricular y/o asignatura, o debe ser considerado como transversal (Arts. 47º, 48º y 49º –
R.M.Nº 1851/08).
No se incorporará documentación que no haya sido declarada en la ficha
enviada vía mail, y presentada en formato papel.
Los docentes que realicen REINSCRIPCIÓN deberán seguir igual criterio al detallado en
punto 3 MODALIDAD DE INSCRIPCIÓN.
IMPORTANTE :
● La valoración y el consecuente orden de mérito tendrá validez exclusivamente para el Período
Lectivo en el que se inscribe (2.021).
● No se valorarán Títulos/Postítulos intermedios.
● Para la Valoración de la documentación, ésta debe ser DECLARADA Y ADJUNTADA.
● La validación de la documentación enviada por correo se hará oportunamente y se
comunicará por la página oficial del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología:
edusalta.gov.ar
SE RECUERDA A LOS DOCENTES LOS ALCANCES DEL ART. 15º, RES. MIN. Nº
1851/08:
LA FALSEDAD, OCULTAMIENTO U OMISIÓN DE LOS DATOS Y/O DOCUMENTACIÓN
SERÁ CAUSAL SUFICIENTE PARA LA EXCLUSIÓN DEL CUADRO DE ASPIRANTES POR EL
TÉRMINO DE 2 (DOS) AÑOS.