Tartagal: Dos hombres a prisión, una mujer con reglas de conducta y un menor declarado responsable.
El juez interino de la Sala II del Tribunal de Juicio de Tartagal Ricardo Hugo Martoccia condenó en juicio abreviado a tres mayores y declaró penalmente responsable a un menor de edad, por un hecho ocurrido en setiembre de 2019, en el Barrio San Antonio.
Ese día los acusados arrojaron piedras a las víctimas, lo que generó una pelea, a raíz de la cual una persona resultó herida y la otra recibió puñaladas en el hígado y el corazón que le ocasionaron la muerte.
Por este hecho, Jonathan Ariel Tolaba fue condenado a la pena de cinco años de prisión efectiva por ser autor responsable de los delitos de homicidio en riña agravado por la participación de un menor; y lesiones leves en riña agravadas por la participación de un menor en concurso real.
Además fue declarado reincidente por primera vez atento a los antecedentes condenatorios que registra.
José Luis Gómez, por su parte, recibió la pena de tres años de prisión efectiva por ser autor responsable de los delitos de homicidio en riña agravado por la participación de un menor; y lesiones leves en riña agravadas por la participación de un menor en concurso real.
En el mismo fallo, el juez dejó sin efecto la condicionalidad de una condena anterior y unificó ambas en la pena única de cuatro años de prisión efectiva.
Magdalena de los Ángeles Guitián fue condenada a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por haber cometido los mismos delitos.
Ella deberá fijar domicilio y someterse al control de un patronato; abstenerse de acercarse a menos de doscientos metros del domicilio de los familiares de la víctima; de ejercer actos de violencia y de usar estupefacientes o abusar de alcohol. Finalizada la audiencia la mujer recuperó su libertad.
El menor G. A. P. fue declarado penalmente responsable por los delitos de homicidio en riña, y lesiones leves en concurso real. El juez ordenó enviar copia de la sentencia al juzgado de menores que corresponda.
También ordenó la extracción de muestras genéticas de Tolaba, Gómez y Guitián para su inscripción en el registro en el banco de datos genéticos.
La pena fue acordada por la fiscalía y la defensa en el acuerdo del juicio abreviado, e impuesta por el juez al momento de la audiencia, durante la cual los imputados reconocieron haber cometido el hecho.
FUENTE: PODER JUDICIAL SALTA